Huatusco, Ver a 30 de enero
del 2018
Boletín 30/2018
Este martes, en sesión
solemne de cabildo quedó instalado formalmente
el Consejo Municipal de Protección Civil en Huatusco, el cual será presidido
por la alcaldesa Baldinucci Tejeda Colorado.
Fue el Enlace Regional de
Protección Civil, Manuel Diez Tepach, quien tomó la protesta a los integrantes
del Consejo Municipal de Protección Civil, quedando integrado por: la
presidenta municipal Baldinucci Tejeda Colorado como Presidenta del Consejo
Municipal, síndico Roberto Schettino Pitol como Secretario Ejecutivo del
Consejo , el Director de Protección Civil, Matías Humberto Álvarez Álvarez,
como Secretario Técnico del Consejo, los regidores Dagoberto Solís Castro, Arely
Flores Luna, Altagracia Cózar Peña como vocales del Consejo.
En su mensaje Tejeda
Colorado mencionó “Es un gran compromiso el que
adquirimos con nuestro municipio. Tenemos que demostrar que trabajando juntos
gobierno y pueblo podemos hacer una gran labor en materia de protección civil y
estar preparados para cualquier emergencia”.
De
conformidad con el artículo 37 de la ley 856 de Protección Civil, el Consejo
Municipal tendrá las siguientes atribuciones entre las que destacan:
1.-
Participación en el Sistema Estatal.
2.-
Promover la suscripción de convenios de colaboración, con autoridades federales
y estatales en materia de gestión
integral del riesgo y a nivel regional
con otros municipios.
3.-
Establecer estrategias de protección
civil y la reducción de riesgos de desastres para todas las dependencias
y entidades públicas que conforman el Sistema Municipal.
4.-
Con el apoyo de la Secretaría, crear las instancias, mecanismos, así como
procedimientos de carácter técnico operativo de servicio y logística, que
permitan estudiar, evaluar peligros, vulnerabilidades, en consecuencia de los
riesgos a nivel local y regional para la prevención y atención de emergencias.
5.-
Disponer de un Atlas Municipal de Riesgo y garantizar su constante actualización.
6.-
Alertar a la población de la situación prevalente en el municipio cuando se
presenten fenómenos perturbadores. Es responsabilidad de las autoridades
municipales, capacitar a las comunidades
en el conocimiento e identificación de la alerta temprana; retransmitir los
alertamientos que emitan los sistemas nacionales y estatales, y garantizar que
los reciban oportunamente y de manera comprensible en todas las lenguas que se
hablen en la zona afectable de su jurisdicción.
7.-
Promover la integración, capacitación y participación de grupos voluntarios y
de unidades internas en inmuebles públicos y privados.
8.-
Propiciar el establecimiento de reservas de insumos básicos y de refugios temporales o albergues para casos
de emergencia o desastres.
9.-
Aprobar el plan de acción para casos de emergencia y desastre y las demás que
estén señaladas en esta ley y en las otras disposiciones que sean aplicables.
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